El Gobierno nacional oficializó la reglamentación para cobrar la atención médica a extranjeros no residentes en hospitales públicos
- Publicado, martes, 11 de agosto de 2026 --
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A través de la Resolución 1066/2026 del Ministerio de Salud publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional reglamentó el cobro de las prestaciones sanitarias para aquellas personas extranjeras que no cuenten con residencia permanente en el país, operacionalizando los cambios en la Ley de Migraciones impulsados por el DNU 366/2025.
La medida alcanza a los establecimientos administrados por el Estado nacional —como el Hospital Posadas o el Garrahan— y exige que los visitantes o residentes temporarios presenten un seguro médico de viaje que asuma los costos o, en su defecto, abonen de manera particular las consultas y tratamientos programados.
Si bien la disposición busca unificar a nivel federal un esquema que ya venían implementando provincias como Salta, Jujuy, Mendoza, Santa Cruz y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el marco normativo garantiza que ante cualquier urgencia médica que implique un riesgo cierto e inminente para la vida la atención continuará siendo inmediata y sin cobro previo, supeditando cualquier facturación posterior a la completa estabilización del paciente.
