VEDA ELECTORAL: ¿QUÉ NO SE PUEDE HACER HASTA EL DOMINGO?

Con el comienzo de la veda electoral, que ya inició este viernes a las 8 de la mañana, rigen diferentes restricciones hasta las 21 del domingo próximo cuando se celebren las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), es decir luego de tres horas de cerrados los comicios generales en todo el país.

La legislación establece que la veda es para que  el electorado pueda  disponer de un tiempo para reflexionar sobre su decisión “sin la influencia de la campaña política”. En tanto, alcanza todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

El artículo 71 del Código Electoral detalla las restricciones entre las que se mencionan a actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales. Tampoco se podrá publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Asimismo, está  restringida la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados y tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.

Además no se podrá de ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino, en tanto que se establece l a prohibición de portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Respecto al uso de las redes sociales,  también están alcanzadas por esta limitación durante la veda electoral. Es decir que están prohibidas la publicidad formal y las publicaciones proselitistas que buscan la captación de sufragio de los votantes



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